Deberes y Atribuciones del Estado Mayor General
Codigo de Organización, Jurisdicción y Previsión Social Militar
Sección Tercera
Mando Superior
Artículo
11.- |
Son atribuciones del Estado Mayor General: |
| |
1.- |
Elaborar los planes de la defensa de la Nación de largo, mediano y corto plazo. |
| |
2.- |
Elaborar los planes de aseguramiento multilateral que requiere el desarrollo institucional del Ejército y el cumplimiento de los planes de la defensa nacional. |
| |
3.- |
Preparar los planes de información militar. |
| |
4.- |
Preparar los planes de preparación combativa, operativa y especial de los diferentes niveles, a desarrollar por los tipos de fuerzas armadas. |
| |
5.- |
Elaborar los planes de formación, superación y perfeccionamiento del personal militar de las diferentes categorías y grados. |
| |
6.- |
Estudiar todos los asuntos que sean requeridos y disponer las medidas correspondientes para resolver los problemas y atender las situaciones que sean necesarias. |
| |
7.- |
Evaluar y controlar el cumplimiento de los planes, programas, actividades y tareas que se asignen a las fuerzas y órganos de dirección del Ejército. |
| |
8.- |
Las demás atribuciones que le asigne el Alto Mando del Ejército. |
Ver archivo completo de la Ley 181 : Codigo de Organización, Jurisdicción y Previsión Social Militar. |
|